Inicio de la acampada/ayuno contra la desatención sanitaria en las cárceles del estado español. Madrid. 20-30 de mayo

Inicio de la acampada/ayuno contra la desatención sanitaria en las cárceles del estado español. Madrid. 20-30 de mayo.

Alrededor de las 11 de la mañana de hoy algo más de una docena de personas, entre ellxs lxs dos que van a realizar un ayuno los próximos diez días Pope y Ana, se han asentado en la plaza frente al Congreso de los Diputados de Madrid, con pancartas, sacos y sillas para dar inicio a la acampada que va a constituir el punto central de la movilización colectiva contra la desatención sanitaria den las prisiones del estado español entre los días 20 y 30 de mayo.

Inmediatamente han hecho acto de presencia una docena de agentes de la Policía Nacional, que tras revisar la documentación de lxs presentes les han comunicado que no está permitida la concentración de más de 20 personas y han avisado a la policía municipal que es la competente en el control de los espacios públicos.

De momento no ha habido más problemas y la acampada prosigue con normalidad bajo una continua vigilancia policial.

Seguiremos informando: desatencionenprision.noblogs.org

Espainiar estatuko espetxeetako osasun artaketa ezaren aurkako kanpaldiaren/baraualdiaren hasiera, Madril. Maiatzaren 20-30.

Goizeko 11ak aldera dozena bat lagun inguru, tartean baraualdia burutuko duten bi lagunak (Pope eta Ana), Diputatuen Kongresuaren aurrean dagoen enparantzan kokatu dira espainiar estatuko espetxeetan presoek jasaten duten artaketa salatzeko maiatzaren 20 eta 30 bitartean burutuko den mobilizazioaren erdigunea izango den kanpaldiari hasiera emateko. 

Gutxira Polizia Nazionalaren dozena bat agente agertu dira eta agiriak eskatu ostean 20 lagunetik gora biltzea debekatuta dagoela jakinarazi ostean espazio publikoen kontrolaren eskumena duen udaltzaingoari abisua eman diote. Ordutik kanpaldia aurrera doa poliziaren zaintza zorrotzpean.

Informazioa eguneratzen jarraituko dugu: desatencionenprision.noblogs.org

CONTRA LA DESATENCIÓN SANITARIA EN PRISIÓN

Fuente: https://valladolorentodaspartes.blogspot.com/

Ante el alarmante agravamiento de la situación sanitaria en las cárceles del estado, y el insoportable e intolerable número de muertes entre los muros de las prisiones, diferentes colectivos e individualidades se unen para denunciar y visibilizar esta vulneración de derechos de las personas presas e impulsar medidas y actuaciones para corregirla sin renunciar a principios anticarcelarios y antipunitivistas. Hay muertes por negligencia institucional.

La asistencia sanitaria en los centros penitenciarios depende del Ministerio del Interior y no de los servicios autonómicos de salud salvo en las 3 comunidades con las competencias transferidas en esta materia (Cataluña, País Vasco y Navarra). Se trata de un modelo mixto donde la atención primaria se lleva a cabo por Instituciones Penitenciarias (o por medios ajenos concertados cuando no se disponen de propios) y la asistencia especializada se presta a través del Sistema Nacional de Salud.
La comparativa entre centros con competencias transferidas y centros no transferidos concluye que la ratio de personal asistencial por persona interna es mayor en los centros transferidos y existe una mayor accesibilidad tanto a la atención especializada como a la atención de urgencia.

Esta falta de transferencia de las competencias deriva en determinadas problemáticas, como son:

Falta de cobertura de plazas
En la actualidad solo el 30% de las plazas de personal sanitario están cubiertas lo que supone un ratio de 3,46 medicxs por cada mil personas presas, muy lejos de la media europea de 8 médicxs por cada mil internxs, y que existan siete centros que no cuentan con ningún médicx en su plantilla (a fecha de
septiembre de 2024).
Esto es debido a la falta de atractivo de estas plazas en comparación con las del Sistema Nacional de Salud puesto que son parte de la Administración Central del Estado y sus funciones están reguladas en la Ley General Penitenciaria, su salario medio es de 1450 euros brutos, inferior a la media de puestos equivalentes en los centros de salud, y una mayor carga de trabajo y burocrática al no solo atender a funciones médico-asistenciales sino también las médico-instrumentales tales como las cuestiones administrativas relativas a la atención sanitaria, el control medioambiental del centro y las funciones de informe y propuesta a los órganos de gobierno de la prisión, entre otras.

Incidencia de enfermedades
La prisión, por su propia naturaleza, es causa de enfermedad y padecimientos físicos y mentales. Pero la deficiente atención sanitaria actual por abandono supone, no solo una vulneración de sus derechos fundamentales sino también, una grave amenaza directa a la salud y la vida.

La falta de personal y medios producen deficiencias asistenciales como las siguientes:
    – La mayoría de los servicios médicos se prestan por videoconferencia.
    – El personal de enfermería se ve obligado a realizar tareas ajenas a sus competencias para cubrir la falta de personal médico.
    – Alta tasa de enfermedades infecciosas (VIH, hepatitis, tuberculosis), que reciben además una atención insuficiente.
    – Restricciones de acceso a determinados tratamientos
    – Retraso o ausencia de tratamiento
    – Dificultad de acceso a la atención médica adecuada, suficiente y oportuna, así como a la atención especializada.
    – Seguimiento inadecuado o abandono del seguimiento de enfermedades crónicas.
    – Al depender del Ministerio del interior es difícil que prevalezca el criterio médico que vela por la salud del paciente sobre el de la autoridad penitenciaria.

Falta de atención especializada a patologías psiquiátricas y alta tasa de suicidios.
El sufrimiento psíquico es uno de los problemas graves de las personas presas y se traduce en sobremedicación, reinstitucionalización y patologización. La desatención médica en el ámbito psiquiátrico reduce la asistencia a la mera prescripción farmacológica.
El 30% de la población reclusa refiere que está en tratamiento con medicación psiquiátrica y más del 20% ha intentado alguna vez quitarse la vida. La tasa de suicidio en prisión es 8 veces más alta que la de la población general.

El sistema penitenciario español solo cuenta con dos hospitales psiquiátricos (Sevilla y Foncalent) dedicados al cumplimiento de medidas de seguridad privativas de libertad y no actúan como hospitales de referencia para la atención psiquiátrica que se realiza en las enfermerías y módulos de los centros penitenciarios.


NUESTRAS REIVINDICACIONES
Los centros penitenciarios tienen el deber encomendado de “velar por la vida, salud e integridad física de las personas privadas de libertad”. Hay que recordarles ese deber. Además, y para garantizarlo, reivindicamos lo siguiente:

– Asegurar a las personas presas la misma atención sanitaria que al resto de ciudadanas del Estado en cumplimiento de sus derechos fundamentales.
– Transferencia de las competencias de sanidad penitenciaria a los servicios de salud autonómicos, en cumplimiento de la Ley 16/2003, del 28 de mayo, para la Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
– Garantizar la existencia de canales de denuncia efectivos y confidenciales.
– Registrar de forma precisa el número de muertes en prisión y sus circunstancias
– Asegurar el cumplimiento de la pauta médica establecida previa al ingreso o la realización de un diagnóstico adecuado así como el seguimiento médico oportuno.
– Informar adecuadamente al paciente sobre cualquier cambio, modificación o interrupción del tratamiento.
– Respetar el carácter confidencial de los datos referentes a la salud.
– Instauración de un sistema quién ha solicitado atención médica, quién ha recibido atención y, en su caso, los motivos por los que no se ha realizado.
– Información, facilitación e impulso de hábitos de vida saludables.
– Implicación activa de los Colegios de Médicos y Enfermería, así como Sindicatos Sanitarios, en la defensa de los derechos sanitarios de las personas presas.

(Trabajo completo en: https://saludylibertadaragon.wordpress.com)

Desde mayo de 2025 más de una docena de presos y sus familiares están denunciando la existencia de un brote de sarna y la desatención que han venido y siguen sufriendo en el centro penitenciario de Mansilla de las Mulas (León). Desde ese mismo momento, con el apoyo de algunxs solidarixs, se han venido desarrollando varias iniciativas y se han presentado multitud de quejas y denuncias ante las instituciones.
Con la intención de dar un nuevo impulso, que suponga un salto cualitativo en la extensión de la iniciativa/campaña, sumando nuevas adhesiones y fuerzas, se convoca una nueva movilización colectiva entre los días 20 y 30 de Mayo de 2026. Se hace un llamamiento a grupos, asociaciones, sindicatos, colectivos e individualidades a contribuir y participar, en la medida de sus posibilidades y de acuerdo sus principios y criterio particular (mas info sobre como participar: https://desatencionenprision.noblogs.org)

Envío masivo de postales por la liberación de Antonio Arevalillo

Antonio Arevalillo Sanz nació en Segovia en 1958, tiene, pues 67 años, y desde los 9 años creció en el barrio bilbaíno de Zorroza. En los años 70, como otros muchos jóvenes de origen humilde, se dedicó al atraco de bancos, joyerías y supermercados. Desde 1974, ha sido detenido docenas de veces y se ha fugado en tres o cuatro ocasiones.Participó en la lucha de la COPEL y, en 1983 fue uno de los protagonistas de una revuelta en la prisión de Basauri. En total ha permanecido preso más de 42 años, 15 de ellos en Régimen Especial de castigo (aislamiento). Hace unos años le fue detectado un tumor nasal que ha requerido cinco complejas operaciones quirúrgicas. En el año 2016 Antonio cumplió los tres cuartos de su condena, pudiendo acceder legalmente a la libertad condicional.

DEL 15 AL 18 DE MAYO, ENVÍO MASIVO DE POSTALES PARA EXIGIR QUE LE SUELTEN YA

Puedes descargar esta postal para el envío:

O esta para imprimir varias en DINA 4 y guillotinar

Rebibbia (Roma), la prisión que deja pudrirse a los reclusos enfermos

11/05/2026 – por Osservatorio Repressione

Visitas pospuestas, pruebas nunca realizadas, atención médica denegada por falta de personal y solicitudes rechazadas a pesar de los riesgos para la salud. En el complejo penitenciario de Rebibbia, el derecho a la atención médica se ve vulnerado por el hacinamiento, la ineficiencia y la inhumanidad institucional.

Ingresar en prisión enfermo, deteriorarse tras las rejas y ver cómo la atención urgente se retrasa hasta el punto de poner en riesgo daños irreversibles. Esto es lo que, según se informa, está ocurriendo en el Complejo Penitenciario de Rebibbia, donde el caso de un recluso con graves problemas abdominales ilustra una vez más el colapso del sistema sanitario penitenciario italiano.
El hombre ingresó en prisión en un estado clínico muy delicado. Había sido sometido a varias intervenciones quirúrgicas, tanto por peritonitis perforada como por repetidas reparaciones protésicas debido a una hernia abdominal recurrente. Su estado era grave, doloroso y muy inestable, agravado aún más por el encarcelamiento y la imposibilidad de recibir la atención adecuada de forma oportuna, acorde con la urgencia de su condición médica.
Durante su detención, sufrió repetidos episodios de intenso dolor abdominal, hemorragias y malestar físico. Según se informó, el personal médico interno solicitó citas urgentes con especialistas en varias ocasiones, pero se registraron constantes aplazamientos o cancelaciones debido a la falta de personal para acompañar al recluso a los centros externos.
Cuando finalmente se consiguió una cita con un cirujano especialista, los médicos prescribieron pruebas médicas rápidas para permitir una intervención urgente. Sin embargo, estas pruebas tampoco se realizaron, nuevamente debido a problemas organizativos dentro de la prisión.
Mientras tanto, el recluso continuó recibiendo únicamente analgésicos de mantenimiento, mientras su estado de salud empeoraba progresivamente.
La defensa ha presentado en dos ocasiones solicitudes urgentes al Juez de Vigilancia para el traslado del recluso a un centro médico externo, de conformidad con el artículo 11 del Código Penitenciario. No se obtuvo respuesta concreta. En ese momento, se designó a un médico forense, quien, tras analizar el historial clínico, concluyó que el recluso no era apto para el régimen penitenciario.
Según el médico, el sistema penitenciario no podía garantizar ni la atención necesaria ni la monitorización especializada esencial. Su estado clínico se describe como incapacitante, inestable y agravado por la insuficiencia de la atención médica interna y las constantes demoras organizativas. El médico señaló que la detención prolongada conlleva el riesgo de comprometer grave e irreversiblemente la salud del recluso.
A pesar de ello, el Juez de Vigilancia rechazó la solicitud de aplazamiento de la pena por motivos de salud, al considerar suficientes las garantías proporcionadas por la unidad médica de la prisión de Rebibbia, según las cuales el recluso recibiría atención continua y sería trasladado al exterior cuando fuera necesario para revisiones y supervisión.
Sin embargo, la realidad es muy distinta. Las pruebas solicitadas con urgencia no se han realizado. La cirugía necesaria sigue posponiéndose. Además, según se informa, el recluso ha sufrido recientemente nuevos episodios de malestar físico, con un empeoramiento cada vez más rápido de su estado.
El caso plantea enormes interrogantes sobre el estado de la atención sanitaria penitenciaria en Italia y las condiciones internas de Rebibbia, un centro que ya sufre de hacinamiento, escasez de personal y constantes problemas organizativos.
La cuestión no se limita a un solo recluso. Se trata del significado mismo del castigo en un Estado de derecho.
El artículo 27 de la Constitución italiana establece que los castigos no pueden consistir en tratos inhumanos. El artículo 32 protege la salud como un derecho fundamental de la persona. Pero cuando un detenido permanece durante meses sin pruebas esenciales, intervenciones urgentes ni atención adecuada, mientras su estado clínico empeora día a día, estos principios pierden todo su valor.
Y es aún más grave si se tiene en cuenta que los delitos por los que se encuentra detenido no implican incidentes de especial relevancia social, y que se había identificado un centro externo, gestionado por asociaciones católicas, como idóneo para alojarlo bajo arresto domiciliario.
Esta historia expone con crudeza la verdadera realidad de las prisiones contemporáneas: un sistema donde el sufrimiento físico se convierte en rutina, donde los derechos fundamentales se subordinan a la burocracia y donde la detención corre el riesgo de derivar en negligencia médica.
En un país civilizado, nadie debería ser condenado a ver cómo su salud se deteriora irreversiblemente tras las rejas por falta de personal, retrasos administrativos o inercia institucional. Pero en las cárceles italianas, con demasiada frecuencia, esto es precisamente lo que ocurre.

https://www.osservatoriorepressione.info/rebibbia-il-carcere-che-lascia-marcire-i-detenuti-malati/